El Gobierno oficializó un nuevo reglamento general para el empleo de armas de fuego. Los efectivos ya no deberán esperar que les disparen para responder las hostilidades.
Con su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó un nuevo reglamento general para el empleo de las armas de fuego que les otorga mayor libertad a las fuerzas federales de seguridad. La Resolución 956/2018, que lleva la firma de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, también deroga toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación.
Según explica Infobae, la medida había sido implementada durante la Cumbre del G-20 para proteger a los presidentes. Si bien en un principio se había anunciado que perdería su vigencia una vez finalizado el encuentro de mandatarios en Buenos Aires, el Ministerio de Seguridad decidió prorrogar sus alcances y no limitarlos únicamente a los riesgos que pudieran correr los líderes mundiales.
Sobre el punto que dice que ya no sería obligatorio para los agentes federales el “dar la voz de alto“, la ministra Bullrich precisó en diálogo con medios nacionales: “es sólo para situaciones específicas, la obligación del policía es dar la voz de alto y esto es lo que dice el reglamento, no debe de dar la voz de alto cuando eso puede significar la muerte del policía. Pongamos como ejemplo la situación en la que el policía está en un lugar oscuro, rodeado por cuatro delincuentes y dar la voz de alto significaría quedar al descubierto“.
Según la norma vigente, los agentes tenían que esperar a que les dispararan, y solo después podían “repeler las hostilidades” y, aun en ese caso, a modo “disuasivo“. Ante la duda, solo podían “hacer memoria“, recordando cómo estaban vestidos los delincuentes, o si tenían tatuajes, por ejemplo, para poder identificarlos en algún momento.
Ahora, la nueva norma establece que las fuerzas de seguridad podrán usar armas de fuego “cuando resulten ineficaces otros medios no violentos en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves“.
También “para impedir la comisión de un delito particularmente grave que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente y hasta lograr su detención“.
La medida entrará en vigencia este martes y tendrá jurisdicción para la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria.