La norma amplía de dos a tres años los contratos de alquiler y establece que los ajustes deberán ser anuales a partir de un índice combinado entre inflación y evolución salarial, entre otros puntos.
El Frente de Todos aprobó este jueves en el Senado nacional la nueva Ley de Alquileres que reforma el vínculo entre propietarios e inquilinos, sin la presencia de la oposición, que se retiró de la sesión en medio de una pelea con el oficialismo.
La ausencia de Juntos por el Cambio se debió a que, según sus términos, el oficialismo no respetó el reglamento de sesiones virtuales, el cual estipulaba tratar únicamente referidos a la pandemia.
Al abandonar la sesión, el Frente de Todos hizo pesar su mayoría y aprobó tanto el proyecto de alquileres como la suspensión de las Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS).
El proyecto aprobado y deseado por los Inquilinos, quienes más lucharon para su sanción, tiene las siguientes claves:
- Actualización de precios: el índice para la actualización anual de los precios estará conformado en igual medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central (BCRA).
- Duración del contrato: el plazo mínimo de la locación de inmueble serán tres años.
- Depósitos: no podrá exigirse al locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes; y el importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler.
- Arreglos: introduce la posibilidad de que los inquilinos puedan hacer los arreglos y descontarlos del alquiler, dado que en caso de negativa o silencio del locador ante un reclamo del locatario debidamente notificado para que realice alguna reparación urgente, el locatario puede realizarlas por sí a cargo del locador, una vez transcurridas 24 horas de la notificación.
- Impuestos: el locatario no tiene a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad (como el ABL y ARBA) ni el pago de expensas comunes extraordinarias.
- Garantías: los locadores deberán aceptar como garantía alguna de las siguientes opciones: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario o garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos que pueden sumarse en caso de ser más de un locatario).
- Renovación del contrato: el locador deberá informar con tres meses de anticipación si renueva y las condiciones para el nuevo contrato.
- Registro: será obligación del locador declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo.
- Resolución de conflictos: para la resolución de conflictos, el proyecto establece que deberán crearse en el ámbito público de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo.
- Intermediarios: la intermediación en el contrato de alquiler sólo podrá estar a cargo de un profesional matriculado y si interviene un solo corredor, ambas partes, propietario e inquilino, deberán pagar comisión.