El diputado provincial se refirió a la remoción de Marcelo Saín.
En la jornada de este jueves, el diputado Fabián Palo Oliver hizo uso de la palabra en el recinto de la Cámara de Diputadas y Diputados de la Provincia, con el objeto de fundamentar su voto en el sentido de la destitución del Marcelo Saín como Director del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación.
En su alocución, el legislador vertebró su análisis en torno a tres ejes fundamentales: la normativa vigente, el carácter político de la calificación de la conducta del funcionario y la afectación recurrente a la institucionalidad que se vive en la provincia.
En relación al primer punto, Palo Oliver sostuvo que tanto la ley 13087, que amplía la competencia de la Legislatura respecto a la investigación sobre funcionarios del MPA y de su Organismo de Investigaciones, como la 14.016 y las incompatibilidades que crea, son normas plenamente vigentes y quedará para el poder judicial la determinación de su constitucionalidad o no.
Esto permite avanzar en los otros ejes analíticos.
El segundo aspecto que tuvo en cuenta el legislador fue la naturaleza de la calificación de la conducta de Saín. Entender o no que Saín incurrió en mal desempeño de las funciones para las cuales fue designado, es de naturaleza política. Para calificar de tal manera la conducta de un funcionario no se requiere la existencia de conductas tipificadas por el código penal. Se requiere la íntima convicción de que se ha apartado de la conducta esperable y por lo tanto debe ser destituido.
Tanto la calificación de la conducta del funcionario como los fundamentos que llevaron a la misma, son de estricta naturaleza política y, por lo tanto, no susceptibles de ser judicializados.
En este punto, Palo Oliver deja en claro que hay razones suficientes para calificar como mal desempeño, la conducta de Marcelo Saín a partir de su retorno al Organismo de Investigaciones.
En su alocución, el diputado expuso los puntos del dictamen que respaldan su postura y con los cuales acuerda:
a) Desplegar conductas que demuestran su intervención directa o indirectamente en política (proselitismo y propaganda art. 212 inc. 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; art. 45 inc. 1 Ley 13.013; art. 9 Ley 13.459; actuación política art. 89 Constitución Provincial de Santa Fe).
b) Desplegar conductas públicas que afectan la confianza en la función que cumple en el Ministerio Público de la Acusación (art. 48 inc. 2 Ley 13.013).
c) Observar una conducta reprochable que afecta su deber de guardar absoluta reserva de todo lo relativo con sus funciones (art. 213 LOPJ).
Sostuvo Palo Oliver en su intervención que “el Dr. Saín no debió haber vuelto al Organismo de Investigaciones, por cuanto su presencia allí afecta claramente, a través de sus dichos y públicas manifestaciones, la confianza, la reserva, la objetividad y la independencia que la conducción de ese organismo debe tener.
No debió haber vuelto porque son el propio MPA y el propio organismo del cual se encuentra a la cabeza, los que deben investigar denuncias contra su propia conducción en el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe”.
El tercer eje en torno al cual giró su análisis es la institucionalidad. Sostuvo Palo Oliver que para él es la más importante.
Comienza aclarando que Saín se va por sus actitudes y no por sus investigaciones, dejando una sensación de frustración ante una gestión que había despertado expectativas y terminó fracasando.
En este aspecto, Palo Oliver afirmó: “Saín ha intentado abordar una fuerte pelea contra las mafias, pero lamentablemente ha sembrado un manto de sospechas que pretende expandir sobre la mayor parte de la política santafesina y sobre esta Legislatura. En particular, sobre miembros del Frente Progresista y algunos dirigentes, como el diputado Maximiliano Pullaro y el Senador Lisandro Enrico, que han tenido la valentía de enfrentar y denunciar a parte de las mafias del delito organizado. Saín debe entender que no todos somos iguales”
Otro ejemplo de afectación de la institucionalidad está dado por “el caso de un legislador que evade la acción penal de la justicia amparándose en sus fueros”.
En este punto hizo referencia a su proyecto de ley “que busca interpretar, acorde con los tiempos y con la constitución nacional, la figura de los fueros. Tenemos que dar el ejemplo, los mismos no están instituidos en nuestro beneficio, sino que fueron pensados en protección de la sociedad a la que nos debemos. Como bien ha señalado el Procurador de la Corte, Dr. Jorge Barraguirre recientemente en un dictamen, ‘el proceso judicial debe interpretarse como un antivirus contra la corrupción’.
Los funcionarios públicos estamos obligados a rendir cuentas… y no podemos hacer “derecho al revés” con una interpretación regresiva de la Constitución Provincial a la luz de las inmunidades que la misma prevé en relación a los legisladores”.
En el final de su intervención, luego de brindar su apoyo expreso a los fiscales Edery y Schiappa Prieta, Palo Oliver exhortó a “a ver y revisar, de qué manera podemos garantizar que la relación entre los distintos poderes, la independencia y el pleno funcionamiento de los organismos de control estén destinados, precisamente, a que nadie quede sin control y sean ordenados de forma tal que los mismos jerarquicen y transparenten las instituciones del Estado Santafesino”.