Ley Ómnibus: el Gobierno quitó del proyecto la autorización para vender las acciones en manos del Fondo de la Anses

Ley Ómnibus: el Gobierno quitó del proyecto la autorización para vender las acciones en manos del Fondo de la Anses

El FGS del organismo previsional tiene en su cartera USD 5.700 millones de papeles de empresas privadas. La primera versión del megaproyecto autorizaba al Ejecutivo a quedárselas pero ese artículo fue eliminado.

El proyecto de Ley Ómnibus que se discute en el Congreso finalmente no incluirá una autorización para que el Gobierno se quede con las acciones de empresas privadas en manos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses. Por ello, si se aprobara la norma, quedaría autorizado únicamente a liquidar la deuda pública que forme parte de la cartera de ese fondo administrado por el organismo previsional.

El ida y vuelta con los bloques opositores hizo experimentar al megaproyecto de ley una serie importante de cambios. El principal fue el retiro del capítulo fiscal de manera completa, ante una negociación con los gobernadores y la oposición que terminó por naufragar la semana pasada. Según confirmó Infobae por fuentes del Ministerio de Economía, el cambio también incluyó el artículo que refería al Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses.

El artículo 226 de la redacción original planteaba la posibilidad de que el Poder Ejecutivo se quede con todos los activos del fondo inversor de Anses, entre ellos USD 22.200 millones de bonos del Tesoro y, lo que disparó más críticas en el resto de los bloques, otros USD 5.700 millones en acciones de empresas privadas líderes, que en su momento pertenecían a las AFJP y que quedaron en manos de la Anses tras la estatización del sistema jubilatorio en 2008.

En las últimas semanas la oposición exigió que el Gobierno tenga primero el visto bueno de una comisión bicameral antes de vender las acciones de empresas en manos de Anses. Finalmente la versión final del megaproyecto de ley autorizará solamente el traspaso de los títulos del Tesoro. La intención del Palacio de Hacienda es deslistar esos bonos.

En la última versión de la “ley Bases” que circuló entre los diputados, el tramo que legisla sobre la consolidación de la deuda pública ya no incluye los artículos que rezaban sobre el destino de las acciones en poder del FGS. El artículo 97 (que era el 198 del dictamen) sostiene: “Consolídense en el Estado Nacional las tenencias de títulos de deuda pública de titularidad de las entidades del Sector Público Nacional comprendido en el artículo 8° de la Ley No. 24.156, y el Fondo de Garantía de la Sustentabilidad creado por el Decreto No. 897/2007″.

Esto es: que el FGS y el resto de los 66 organismos públicos que tienen en su cartera bonos del Tesoro, los transfieran al Poder Ejecutivo. Como en las versiones anteriores, quedan excluidos de ese artículo el Banco Central y el Banco Nación. A los organismos públicos que tengan bonos del Tesoro, la ley les da un plazo de 90 días para que “reclamen” el crédito presupuestario por el valor nominal del título en sus carteras. La palabra final la tendrá la Jefatura de Gabinete, que encabeza Nicolás Posse.

La cartera de acciones en manos del fondo del organismo previsional y que pasarían a ser parte de los activos del Tesoro rondan los USD 5.678 millones, el 17,4% del total. En moneda doméstica, representa 4,7 billones de pesos, según el último informe realizado por la nueva conducción de Anses. Del total de acciones, un quinto pertenecen a papeles de Ternium (poco menos de un billón de pesos). Le siguen Pampa Holding (10,2% del total), Transportadora Gas del Sur (9,4%), Banco Macro (9,1%) y Grupo Financiero Galicia (8,1 por ciento).

Una primera versión con cambios del megaproyecto de ley había agregado una restricción para la operación que pretendía el Tesoro. “Para poder vender las participaciones accionarias provenientes del fondo que ya hayan sido transferidas al Tesoro Nacional, el Poder Ejecutivo Nacional deberá contar con un dictamen previo favorable emitido por la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y del Seguimiento de las Privatizaciones establecida en la Ley N°23.696, el que deberá considerar las condiciones de mercado”, marca el artículo 194°. De esa forma, la enajenación de acciones debería ser considerada primero por esa comisión, que es la misma que entenderá sobre la privatización de empresas públicas.

Había una segunda condición que apareció en el dictamen: “Los recursos que se obtengan como consecuencia de la venta de las participaciones accionarias no podrán ser utilizados para un destino diferente que no sea el sistema de seguridad social”, rezaba. Finalmente esas restricciones, y la autorización para hacerse de las acciones, fueron eliminadas del proyecto.