El presidente firmó el decreto de la reglamentación del Impuesto a las Ganancias para la restitución de la cuarta categoría.
En las últimas horas, el presidente de la Nación, Javier Milei, firmó el decreto de la reglamentación del Impuesto a las Ganancias para la restitución de la cuarta categoría. La nueva normativa será publicada el lunes en el boletín oficial.
El mínimo de este tributo pasó a ser de $1.800.000 brutos para los solteros y a $2.200.000 para los casados con hijos. Con esta versión aprobada, alrededor de 800.000 deberán pagarlo nuevamente, a pesar de ser excluidos en la gestión de Alberto Fernández, con alícuotas que iban del 5% al 35%.
Impuesto a las Ganancias: cuál es el monto mínimo para cada caso
En el caso de un empleado soltero con dos hijos menores a 18 años que estén a su cargo, el salario bruto más bajo que estará dentro del impuesto será de $2.100.000, es decir, un sueldo neto de $1.781.277,39.
Mientras que si se tratara de un empleado casado con dos hijos menores, no tendrá que pagar el Impuesto a las Ganancias si posee un salario bruto inferior a $2.400.000, o sea, un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.
Vale destacar que el mínimo no imponible se actualizará de forma trimestral durante este año, en septiembre, lo cual se continuará semestralmente basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Según la Oficina de Presupuesto del Congreso, estiman que produzca un 0,43% del PBI.