Anularía la prisión preventiva de los acusados. Fue firmado por cinco senadoras cercanas a Cristina Kirchner.
Un proyecto de ley firmado por cinco senadoras cercanas a Cristina Kirchner propone un “control de convencionalidad” para las prisiones preventivas, que establece su anulación cuando el imputado se crea comprendido en una serie de supuestos, entre los cuales está la difusión en los medios de las acusaciones en su contra.
Pero la ley sólo beneficiaría a los acusados por corrupción. Las autoras son las senadoras K María Eugenia Catalfamo, Ana María Ianni, Nancy González, Ana Claudia Almirón y María Pilatti Vergara. Salvo Catalfamo, las restantes integraban el bloque de Cristina antes de la unificación con el PJ.
“Será declarada nula toda resolución judicial que ordene la detención o prisión preventiva” de las personas que no hayan estado sujetas al control del cumplimiento de los estándares establecidos por la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, destaca en principio el proyecto.
Luego, presenta las razones que convertiría en nulas las prisiones: “la publicación de contenidos por parte de uno o más medios de comunicación masiva que pudieran haber afectado la percepción pública respecto del principio de inocencia sobre el afectado por la resolución”. Bajo esta norma, si los periodistas informan sobre una causa de corrupción y un juez le dicta al acusado la prisión preventiva, puede pedir que lo liberen. En las primeras 72 horas darán su opinión el fiscal y las querellas, y el magistrado tendrá 24 horas para resolver.
Lo mismo sucedería con aquellos imputados que crean que hubo una “deficiente implementación de las garantías procesales que regulan la intervención de un testigo protegido o de un arrepentido“, y quienes sospechen sobre “deficiencias en el respeto a las garantías del juez natural por razones de intromisión en la asignación de competencias, de designaciones o direccionamiento en los sorteos de jueces”.
Otras causales serían la “intromisión de funcionarios del Poder Ejecutivo en el desarrollo de las actuaciones”, o cuando esos funcionarios “ejercieran conductas o dieran expresiones en público aptas para afectar la independencia de los jueces o la autonomía de los fiscales”; y también la “intromisión de representantes de corporaciones profesionales en el desarrollo de las actuaciones o cuando ejercieran actos o dieran expresiones aptas para afectar” esa independencia.
Finalmente, otra de las razones sería “la inobservancia de las normas procesales con fines de persecución política“. Además, el proyecto niega la posibilidad de apelar las resoluciones que hagan lugar a las nulidades de las preventivas. Pero si el juez rechaza el pedido del acusado, esa resolución sí podrá ser apelada.