La medida busca facilitar el acceso a los trámites previsionales, eliminando la obligación de recurrir a ciertos intermediarios para realizar gestiones. El cambio se enmarca en la política de desregulación impulsada por el Ejecutivo, con el fin de reducir costos y tiempos en los procedimientos administrativos
El gobierno de Javier Milei dio un nuevo paso en su política de desregulación al eliminar el “Registro de Abogados y Gestores Administrativos” que funcionaba en el ámbito de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). La medida fue oficializada a través de la Resolución 982/2024, publicada en el Boletín Oficial, con la firma del director ejecutivo de ANSES, Mariano de los Heros. El objetivo de la medida es simplificar los trámites previsionales y, según las autoridades, remover “barreras innecesarias” que obstaculizan a los ciudadanos.
La resolución derogó el registro que había sido creado por la gestión kirchnerista mediante la Resolución 479/2014, que establecía que los ciudadanos debían recurrir a abogados o gestores habilitados y registrados en ANSES para realizar trámites vinculados a prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). De esta manera, se buscaba regular quiénes podían representar a los beneficiarios ante el organismo con el objetivo declarado de garantizar un marco de profesionalización en los procesos.
En el documento oficial, se detalló que la eliminación de este registro se alineó con las directrices del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que había declarado la emergencia pública en materia económica, financiera y administrativa. Este decreto había establecido un programa de desregulación con el fin de remover normativas que, según la visión del actual gobierno, impedían el “normal desarrollo” de las actividades económicas. La medida formó parte del proceso de transformación administrativa enmarcada en la Ley N° 27.742, también conocida como “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.
Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, fue uno de los principales impulsores de la derogación y expresó su postura en redes sociales. “Seguimos eliminando cotos de caza que solo perjudican a la ciudadanía,” escribió en su cuenta de X (antes Twitter). Sturzenegger destacó que con la Resolución 982/24 se derogó el registro creado en 2014, el cual, en su opinión, había sido una medida que “restringía el derecho de la gente de tramitar su jubilación al obligarlos a contratar un abogado o gestor”.
El funcionario explicó que este tipo de restricciones eran vistas como una “cabina de peaje” que favorecía a ciertos sectores profesionales en detrimento de los jubilados. “Cada trámite es una cabina de peaje a favor de la casta que a la postre pagamos todos,” afirmó. En ese sentido, consideró que la eliminación del registro devolvía a los ciudadanos la libertad de decidir cómo y con quién gestionar sus trámites previsionales, sin la necesidad de contratar intermediarios registrados por ANSES. “Este es el tipo de restricciones a la libertad individual que el presidente Javier Milei quiere eliminar,” agregó Sturzenegger.
Desde el punto de vista normativo, la Resolución 982/2024 justificó la derogación del registro en la búsqueda de una “gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad”, conforme los principios establecidos en la Ley 27.742. Los considerandos del texto remarcaron que la obligación de recurrir a abogados o gestores para representar a los beneficiarios generaba “una limitación cuestionable” en la libre elección de los ciudadanos sobre quién los podía asistir en los trámites ante ANSES.
Entre los argumentos expuestos en la resolución, se mencionó que las normativas vigentes, como la Ley N° 17.040 y su Decreto Reglamentario N° 4.179/1967, ya establecían un marco suficiente para la representación ante el organismo previsional, sin la necesidad de crear un registro adicional. Según el texto, las disposiciones que establecían este tipo de registros “vulneraban la actividad directa y libre de los beneficiarios” y se inscribían en lo que el gobierno describió como “la burocracia y cúmulo de trámites innecesarios”.
Por otro lado, la resolución citó también que el marco normativo del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 26.994) regulaba los actos entre privados en cuanto a mandatos y representaciones, por lo que las disposiciones del registro implicaban una duplicación innecesaria de normativas que ya estaban en vigencia. Bajo esta perspectiva, el registro habilitado en 2014 generaba trabas administrativas adicionales que contradecían el espíritu de simplificación y modernización que impulsa la actual administración.