La pena a Leandro Rodríguez Lastra, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, puede ser de entre un mes y dos años de prisión.
La Justicia rionegrina declaró responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público al ginecólogo Leandro Rodriguez Lastra por no realizar un aborto no punible a una joven de 19 años violada y embarazada por un familiar en abril de 2017 en Cipolletti, quién permaneció internada en un hospital hasta el momento de parir.
El juez Álvaro Meynet lo encontró responsable por incumplimiento de sus deberes como funcionario público, aunque el médico podrá seguir trabajando en el hospital de Cipolletti, como lo hizo hasta el momento, hasta que se establezca el tiempo de pena y la misma quede firme, algo que se resolverá en audiencias próximas.
“El acusado nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar efectuar la práctica que le reclamaba la mujer”, sostuvo el juez en el veredicto.
Meynet recordó además las circunstancias en las que un aborto se considera no punible, entre ellos un caso de violación como este, contemplados en el artículo 86 del Código Penal y protocolo de atención a los abortos no punibles de Río Negro.
El magistrado entendió que no hubo violencia obstétrica contra la víctima, como afirmó el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna por interrumpir el proceso de aborto que había iniciado y por suministrarle medicamentos en contra su voluntad. El defensor, Damián Torres, negó esto y aseguró que la joven presentaba un cuadro de infección, intentando resguardar la salud de la mujer.
La pena contra Rodríguez Lastra puede ir de un mes a dos años de prisión, por lo que no irá a la cárcel, más la inhabilitación por el doble del tiempo que se resuelva.
La víctima, una joven que ahora tiene 21 años y declaró durante el proceso, no se presentó a la lectura del veredicto para su resguardo.