El proyecto obtuvo dictamen por unanimidad en la comisión de Salud y Acción Social. Podría debatirse en sesión el miércoles.
La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de la nación dictaminó este lunes, de manera unánime, un proyecto consensuado sobre receta electrónica y teleasistencia en salud. A partir de siete iniciativas que presentaron legisladores de distintos bloques, se avanzó en un texto unificado que podría tratarse esta misma semana en sesión virtual.
La iniciativa establece “que la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, pueden ser redactadas y firmadas a través de recetas electrónicas o digitales, en todo el territorio nacional” y que “pueden utilizarse plataformas de teleasistencia en salud, en todo el territorio nacional”.
La ley será de aplicación “para toda receta o prescripción médica, odontológica o de otros profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada”.
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La propuesta establece además que se debe “contemplar el cumplimiento de todas las normativas vigentes que regulan toda la cadena de comercialización de medicamentos incluyendo los requisitos de trazabilidad de estos y de la firma manuscrita, electrónica o digital”.
“También debe contemplarse la emisión de constancia de teleasistencia, prescripción y dispensación para los pacientes, por vía informatizada o impresión de dicha constancia y la posibilidad de bloqueo por el farmacéutico cuando exista error manifiesto en la prescripción, para que el prescriptor pueda revisar, anular o reactivar según el caso”, dice.
El proyecto modifica las leyes 17.132, de 1967, sobre el Arte de curar; la 17.565, del mismo año, sobre Farmacias; la 23.277, de 1985, sobre el Ejercicio profesional de la psicología; la 17.818, de 1968, de Estupefacientes, y la 19.303, de 1971, sobre fabricación, comercialización, circulación y uso de drogas.
Una vez sancionada la ley dictaminada este lunes en Diputados, los medicamentos prescriptos en recetas electrónicas o digitales deben ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes.
“La prescripción de puño y letra es hoy una obligación por ley; esto permitirá que esta tarea de los profesionales de la salud se pueda llevar a cabo de manera digital“, destacó Yedlin, de profesión médico y exministro de Salud de la Provincia de Tucumán.
Señaló que en relación con la “la teleasistencia, había un vacío legal y ahora se está dando un marco para que se pueda hacer por esta modalidad la primera visita”.