Los bancos deberán informar gastos que superen los nuevos números establecidos por la entidad. La última actualización fue el año pasado.
La AFIP definió nuevos montos mínimos a partir de los cuales los bancos deberán informar los movimientos de las cuentas bancarias y tarjetas de débito. La última actualización de estos números se había realizado en 2022 y los nuevos parámetros comenzarán a regir a partir del 1ro. de mayo próximo.
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La resolución de la entidad fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial e incrementó de $30.000 a $120.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito. Además, elevó de $90.000 a $200.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.
Esto significa que cada compra que un usuario de tarjeta de débito, es decir, sin financiación como sucede con las tarjetas de crédito, realice por encima de los $120.000 deberá ser reportada por el banco que emitió ese plástico a la AFIP.
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Por último, el régimen aplica también cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital) sea una transferencia bancaria o virtual, y esta iguale o supere los $400.000.