Chile: la Constituyente avanza sobre el negacionismo de la última dictadura

Chile: la Constituyente avanza sobre el negacionismo de la última dictadura

También se sancionará a quien niegue “las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el contexto del estallido social” de octubre de 2019 hasta las primeras semanas del año 2020.

La Comisión de Ética de la Convención Constituyente de Chile aprobó, en el marco de su reglamento, tipificar y sancionar a aquellos que nieguen los crímenes cometidos durante la dictadura cívico militar de Augusto Pinochet, así como en el estallido social de octubre de 2019.

Según la norma, se sancionará “toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad ocurridos en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990”.

Además, se hará lo propio con quien niegue “las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el contexto del estallido social” de octubre de 2019 hasta las primeras semanas del año 2020.

“Algunos en su afán refundacional totalitario actúan como si ya hubieran redactado y aprobado una Constitución nueva. La opinión de una comisión no está por encima de las garantías constitucionales”, planteó desde sus redes sociales Marcela Cubillos, constituyente de Vamos por Chile.

Por su parte, Katherine Montealgre, de la Unión Demócrata Independiente (UDI), marcó su sorpresa con el hecho de que el negacionismo sea “tan limitado, con un período y una fecha extremadamente ceñida en ambas definiciones”.

“Esto lo digo porque recordemos que existieron violaciones a los derechos humanos antes del 11 de septiembre de 1973″, añadió.

Lo cierto es que no es la primera vez que se habla y polemiza sobre un proyecto que sanciona el negacionismo en Chile.

Sobre septiembre del 2020, la Cámara de Diputados dio media sanción a una norma que sanciona el negacionismo de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en la dictadura pinochetista.

La legislación fue aprobada con 75 votos a favor, 66 en contra y 6 abstenciones, dandole paso al Senado.

Se establece que quienes incumplan “el ejercicio de un derecho por parte del o los ofendidos”, podrían enfrentar una pena de prisión no menor a entre 541 días y 3 años, así como una multa entre 40 y 60 Unidad Tributaria Mensual chilenas, equivalentes a 3.800 dólares aproximadamente.

Además, la cámara baja determinó que la sanción se agravará, si la ofensa o incumplimiento proviene de algún funcionario público y por consecuencia quedaría inhabilitado de forma absoluta para el ejercicio de sus funciones.

Fuente: Télam