La ley establece un ajuste mensual por IPC, un plus de un 8,1% para recuperar la suba de precios de enero y que el haber mínimo tiene que ser equivalente al 1,09% de la canasta alimentaria.
Este jueves, la Cámara Alta de la Nación aprobó la ley de movilidad jubilatoria por 61 votos a favor y ocho en contra, lo que significa que se aprobó por dos tercios y se establecieron estableciendo cambios al modelo que propuso el Ejecutivo por DNU.
En una votación en la que el bloque de Unión por la Patria y la Unión Cívica Radical lograron un acuerdo para avanzar con el proyecto que llegó de Diputados con media sanción —ahí también votaron en conjunto— se impusieron con el acompañamiento del bloque del PRO, y miembros de los bloques provinciales, lo que significó que se aprobó con los dos tercios.
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El proyecto que se aprobó y que ahora pasará al Ejecutivo nacional —que amenaza con vetarlo— establece una actualización mensual en base al último dato disponible del Índice de Precios al Consumidor (IPC), como el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) vigente que activó el Ejecutivo.
Además, incorpora una compensación extra —o “empalme”— del 8,1%, dado que el Gobierno otorgó un 12,5% que no cubre el 20,6% de inflación de enero. Con este mecanismo, el haber mínimo garantizaría la cobertura de la canasta básica del adulto mayor. El Ejecutivo insistió en que esto fuera a partir de julio y la oposición lo quiere retroactivo desde febrero. Esto último es lo que se impuso.