El mensaje del Ejecutivo busca establecer regulaciones para el uso del espacio público, ruidos molestos, seguridad, limpieza y horarios.
El intendente Emilio Jatón envió al Concejo Municipal el Mensaje N° 12/22 que establece nuevas regulaciones del esparcimiento santafesino. La iniciativa, que deberá ser tratada por el Concejo Municipal, busca promover el desarrollo de la nocturnidad con reglas que permitan garantizar una buena convivencia. “Necesitamos reglas claras para poder disfrutar y potenciar la noche santafesina”, expresó Jatón.
La iniciativa busca un marco normativo para la habilitación y el funcionamiento de actividades de esparcimiento y ocio nocturno. En ese sentido contempla horarios de funcionamiento, condiciones de seguridad e higiene y estándares de protección contra la contaminación acústica con la finalidad de promover el funcionamiento de esas actividades económicas respetando las pautas de convivencia ciudadana.
El proyecto que se debatirá en el Concejo es el resultado de un trabajo sostenido a lo largo de 2022 que incluyó encuestas a clientes y a empresarias y empresarios, y la sistematización de las denuncias recibidas a través del 0800 777 5000. También se realizaron reuniones y encuestas a vecinas y vecinos de zonas en las que se concentran mayormente los locales gastronómicos y de recreación, y, finalmente, se tomaron en cuenta las exposición realizadas en el marco de la Audiencia Pública de Nocturnidad que se realizó el 31 de agosto pasado.
“Fue un trabajo largo y responsable para analizar las principales variantes que entran en juego en la nocturnidad de la ciudad. Lo hicimos convocando al diálogo y escuchando a todas las partes involucradas directamente: empresarias, empresarios, clientas, clientes, vecinas y vecinos”, detalló el secretario General de la Municipalidad, Mariano Granato.
Con esta iniciativa, la Municipalidad busca generar políticas que cuiden a la comunidad mientras se garantiza la convivencia. “Que alguien desee divertirse no puede ir en desmedro de alguien que desee o necesite descansar. Ambas situaciones deben estar garantizadas en la regulación del disfrute en nuestra ciudad”, remarcó el funcionario y agregó que otro de los ejes centrales es cuidar, respetar y jerarquizar el espacio público para que ningún uso privado violente el derecho que tiene toda la comunidad.
Convivencia y desarrollo
En la actualidad, la regulación de las actividades recreativas y económicas durante la noche están enmarcadas en la Ordenanza N° 11.622 de Declaración de Estado de Emergencia, que se decretó hace 13 años, y en la N° 9.139 de Espectáculos Públicos. “Después de esa definición, el tema no se volvió a abordar de manera real y con la seriedad que requiere. Esta gestión vino a asumir los debates incómodos y a construir una solución de fondo con todos los actores involucrados porque estamos convencidos de que las y los santafesinos tienen derecho a disfrutar del ocio y del espacio público y que, para eso, es necesario tener reglas claras que garanticen la seguridad y la convivencia”, detalló Granato.
“También entendemos que hay un importante sector empresario de nuestra ciudad que quiere apostar al crecimiento de Santa Fe capital y para eso necesita tener previsibilidad y reglas claras. Sabemos que la noche santafesina tiene un importante atractivo turístico y queremos ayudar a potenciarlo”, agregó el secretario General.
En ese sentido, quienes quieran desarrollar actividades económicas nocturnas deberán cumplir con ciertos requisitos como realizar las obras de aislamiento acústico y vibratorio, presentar un plan de cuidado y preservación del espacio público y convivencia ciudadana en la zona, presentar un plan de limpieza e higiene para el espacio público que se utilice, presentar un plan de seguridad junto a la solicitud de habilitación de acuerdo a lo exigido para cada actividad, y contar con un sistema de videovigilancia.
Uno de los puntos más importante del proyecto de Ordenanza es el que define los tipos de actividades, los requerimientos específicos para cada uno, los horarios de funcionamiento y las zonas en las que podrán instalarse de acuerdo a sus características. “Poniendo en primer lugar la convivencia, queremos pensar en el derecho de todas las personas a tener espacios de encuentro, de recreación y de disfrute cerca de donde vive. Tenemos una ciudad grande y hay que pensar en todos los barrios”, detalló Granato.
Respecto a los horarios, el funcionario detalló que se trabajó sobre horarios unificados que permitan que, de lunes a viernes, las actividades cesen a las 2.30 de la madrugada; y que los fines de semana y feriados puedan extenderse hasta las 4.30 o las 6, dependiendo de la actividad. En ese sentido, resaltó que el uso de los balcones gastronómicos, veredas y otros espacios públicos sólo podrá hacerse hasta las 2.30 en todos los casos.
“Entendemos que hay consenso en esas franjas horarias, tanto de quienes participan activamente de la noche -clientes y empresarios- como de quienes viven en las zonas en las que esos eventos se desarrollan”, aclaró el funcionario municipal y agregó: “Más allá de las dificultades en la convivencia que hoy aparecen, hay un acuerdo entre todos los actores de que el hecho de que haya propuestas de encuentro y disfrute en el espacio público constituye un elemento central para que haya mayor seguridad”.
Y destacó que todos los elementos contemplados en el Mensaje del intendente se basan en los relevamientos realizados y en los datos obtenidos de distintas encuestas y de los reclamos recibidos en el 0800 777 5000.
En detalle
Los locales se organizarán de acuerdo al tipo de actividad:
– Cuando la actividad principal es gastronómica se dividen en:
- -Categoría A: Bares, restaurantes y afines cuya actividad principal es el servicio de bar o restaurante.
- -Categoría B: Bares, restaurantes y afines con posibilidad de actividad complementaria de música en vivo y/o baile del público asistente sin venta de entradas con aforo máximo permitido de hasta 80 personas.
- -Categoría C: Bares, restaurantes y afines con posibilidad de actividad complementaria de música en vivo y/o baile del público asistente sin venta de entradas con aforo máximo permitido de hasta 200 personas.
- -Paradores de Playa.
- -Salones de fiesta.
– Espacios culturales: salas culturales o multiespacios con escenario y equipamiento técnico afín cuya actividad principal es la programación de artes performativas, con o sin actividad gastronómica complementaria.
– Confiterías bailables: locales cuya actividad central es el baile y/o la música en vivo y se cobra entrada o derecho de espectáculo y cuentan con un aforo superior a 300 personas. Se dividirán en dos categorías: para menores de 18 años (matiné) y para mayores de 18 años.
– Casos especiales:
- -Asociaciones civiles sin fines de lucro.
- -Casos con actividad histórica bailable y música en vivo.
– Locales de actividades recreativas y/o esparcimiento (sin pista de baile ni música en vivo):
- -Salas de cines;
- -Salas de entretenimiento.
- -Circos.
- -Parques de diversiones.
- -Salones de fiestas infantiles.
– Eventos.
– Otras modalidades.