El Congreso de Guatemala prohibió el matrimonio igualitario y endureció las penas por aborto

El Congreso de Guatemala prohibió el matrimonio igualitario y endureció las penas por aborto

Se trata de la “Ley para la Protección de la Vida y la Familia”, sancionada en pleno 8M.

El Congreso de Guatemala endureció las penas de cárcel por aborto y prohibió el matrimonio igualitario, además de la educación sobre diversidad sexual, a través de una ley aprobada en pleno Día Internacional de la Mujer.

La “Ley para la Protección de la Vida y la Familia” reforma el Código Civil para dejar en claro que “se prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo” en Guatemala.

Igualmente “prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas promover en la niñez y adolescencias políticas o programas que tiendan a desviar su identidad según su sexo al nacer”.

La norma también sanciona con hasta 10 años de cárcel a “la mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause”, mientras en la ley actual la pena máxima es de tres años.

El texto castiga con prisión de hasta 50 años al responsable de un “aborto o de maniobras abortivas efectuadas sin consentimiento de la mujer” y que causen la muerte de ésta, un delito considerado como un “aborto calificado”, informó la agencia de noticias AFP.

“Se le están violentando derechos humanos a importantes sectores de la población. Esta ley es absolutamente discriminatoria y es una ley que incita al odio”, añadió el diputado Walter Félix, del partido izquierdista URNG.

Fuente: Télam