Ratificaron la vigencia del decreto que congela los alquileres hasta enero

Ratificaron la vigencia del decreto que congela los alquileres hasta enero

Lo confirmó la ministra de Desarrollo Territorial y Hábitat ,María Eugenia Bielsa. Además, aseguró que realizan reuniones periódicas con entidades del sector para “monitorear tanto el impacto de los decretos como de la aplicación de la nueva ley de alquileres”.

La ministra de Desarrollo Territorial y Hábitat, María Eugenia Bielsa, ratificó la vigencia de los Decretos de Necesidad y Urgencia 320/2020 y 766/2020 que establecen el congelamiento del valor de los alquileres, las prórrogas de contratos y la suspensión de los desalojos hasta el 31 de enero del 2021.

“Tanto los decretos que congelan alquileres, suspenden desalojos y prorrogan los contratos, como la nueva ley de Alquileres, están orientados a proteger a quienes van a salir más golpeados de esta crisis”, aseguró la ministra Bielsa en declaraciones difundidas mediante un comunicado.

Bielsa remarcó que el decreto 766/2020 publicado el 25 de septiembre en el Boletín Oficial, prorrogó a su similar anterior, el DNU 320, hasta el 31 de enero de 2021, con el objetivo de llevar tranquilidad a miles de familias que vieron afectados su ingresos en medio de la pandemia”.

La ministra indicó que en su ministerio realizan reuniones periódicas con entidades del sector para “monitorear tanto el impacto de los decretos como de la aplicación de la nueva ley de alquileres”.

Los decretos alcanzan a viviendas únicas urbanas o rurales, habitaciones en pensiones, hoteles o alojamientos similares, contratos vinculados a alquileres para actividades productivas, culturales y/o comunitarias, y a inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión, entre otros.

Además, el ministerio de Hábitat precisó que los decretos no suspenden el pago de alquileres, sino que aquellos que no pudieran abonarlo, acumularán la deuda que deberá saldarse a partir de febrero de 2021. Detalló que podrán aplicarse intereses compensatorios, pero no podrán aplicarse intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.

Según la medida, los alquileres no abonados podrán pagarse en tres y seis cuotas.

La información detallada y las preguntas frecuentes, ordenadas por ejes temáticos, se encuentran disponibles dentro del portal oficial del Ministerio al que se podrá acceder ingresando a argentina.gob.ar/habitat.

Fuente: Telam