La medida tuvo lugar a partir del Decreto 566/2019 y cerraría los cruces entre el Gobierno y los sectores de Hidrocarburos sobre la viabilidad de la medida.
El Gobierno oficializó este viernes el congelamiento por 90 días de los combustibles. Luego de unas horas de incertidumbre en donde se especuló con una posible marcha atrás a un anuncio del propio presidente de Mauricio Macri, finalmente los rumores fueron echados por tierra.
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En este sentido, y a partir del Decreto 566/2019, el mandatario firmó la resolución que buscará marcar lo dispuesto en el artículo 42 de la Constitución Nacional, es decir que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno”.
El congelamiento de los combustibles se hizo por resolución de la Secretaría de Energía y aplicando la Ley de Abastecimiento. El artículo 2º del Boletín Oficial dice “Establecer que el precio tope de naftas y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y/o los expendedores mayoristas y/o minoristas, en todos los canales de venta, durante los NOVENTA (90) días corridos siguientes a la entrada en vigencia de esta medida, no podrá ser superior al precio vigente al día 9 de agosto de 2019”.
De esta manera, quedaría cerrado el capítulo naftas dentro del paquete de medidas que se anunciaron y oficializaron en las próximas horas.